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Impulsa Morena la protección a Mujeres contra Violencia Digital y Mediática: KLS.

Para proteger los derechos humanos de la mujeres y evitar actos de vulneración o revictimización, es imperante reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia del Estado de México, considero la legisladora local de Morena, Karina Labastida Sotelo.

«El uso de las tecnologías de la información y la comunicación, como los teléfonos, la Internet, plataformas de redes sociales y correo electrónico, en la violencia digital, causan daño psicológico y emocional, refuerzan los prejuicios, dañan la reputación, causan pérdidas económicas y plantean barreras a la participación en la vida pública y pueden conducir a formas de violencia sexual y otras formas de violencia física», explicó la diputada.

Es necesario armonizar y homologar su contenido, con las nuevas disposiciones establecidas en esta Ley General en materia de órdenes de protección, violencia digital y violencia mediática, afirmó la diputada.

Al presentar a nombre de la banca de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto, recordó que el 1 de junio del presente año, se publicaron diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En las que destacan dos para regular en su estructura dos ámbitos de violencia la digital y la mediática; la primera, que se realiza a través del uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC); y la segunda, que se realiza a través de cualquier medio de comunicación.

Por ello, aseveró, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, es necesaria la regulación de las diversas formas, manifestaciones o ámbitos de ejecución de las violencias contra niñas, adolescentes y mujeres.

Así como las bases de coordinación entre el gobierno del estado y los gobiernos municipales, para prevenirlas, atenderlas, sancionarlas y erradicarlas, que culminen en políticas y acciones gubernamentales en la materia.

Para concluir Karina Labastida planteo que puando una mujer o una niña víctima de violencia soliciten una orden de protección a la autoridad administrativa, ministerial y/o judicial, se le deberá brindar toda la información disponible sobre el procedimiento relacionado con la propia orden y realizarán las gestiones necesarias para garantizar su cumplimiento, monitoreo y ejecución, que sería la adecuación a la ley que está en vigencia.

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